¿Qué dice la ley sobre las adaptaciones para dificultades de aprendizaje en secundaria?
- Admin Reddu
- Oct 27
- 2 min read
Conocer el marco normativo que regula las adaptaciones educativas es el primer paso para poder aplicarlas correctamente en el aula.
Pero en la práctica, muchas veces surgen dudas:¿Son obligatorias? ¿Quién las decide? ¿Qué dice realmente la ley sobre dislexia, TDAH, TEL o discalculia?
En este artículo te explicamos los fundamentos legales de las adaptaciones para todo el alumnado con dificultades de aprendizaje, más allá del diagnóstico clínico.
¿Qué se considera una dificultad específica de aprendizaje?
Las dificultades específicas de aprendizaje (DEA) engloban condiciones como:
Dislexia (dificultades con la lectura y la escritura)
Discalculia (dificultades con el cálculo y los números)
Trastorno específico del lenguaje (TEL)
Trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH)
Otras condiciones que interfieren con el aprendizaje sin implicar discapacidad intelectual
La legislación educativa reconoce que estos perfiles requieren medidas específicas para garantizar su acceso al currículo en condiciones de equidad.
¿Qué tipo de adaptaciones reconoce la normativa para las dificultades de aprendizaje?
La normativa distingue tres niveles de adaptación:
Adaptaciones metodológicas: cambios en la forma de enseñar, presentar contenidos, organizar tareas o usar materiales.
Adaptaciones de acceso: recursos que permiten acceder a la información (como lectores de pantalla, formatos digitales, etc.).
Adaptaciones en la evaluación: ajustes en el formato del examen, en los tiempos, en la forma de responder, etc.
Estas adaptaciones deben aplicarse sin modificar los objetivos curriculares, salvo casos excepcionales de adaptación significativa.
Marco legal vigente en España
Las adaptaciones para DEA están respaldadas por diferentes textos legales:
LOMLOE (2020): garantiza el derecho a una enseñanza personalizada y adaptada a la diversidad del alumnado.
Normativa autonómica: cada comunidad autónoma regula cómo aplicar estas medidas, cuándo se documentan y qué protocolos seguir.
Documentación oficial: informes psicopedagógicos, planes individualizados, dictámenes de escolarización.
La ley no exige un diagnóstico clínico para aplicar adaptaciones. Basta con una detección pedagógica en el aula avalada por el equipo docente u orientador.
¿Por qué hay tanta variabilidad entre comunidades?
Aunque la base legal es común en toda España, las instrucciones de aplicación, las plantillas de PIM, los protocolos o incluso la terminología pueden variar según la comunidad autónoma.
Por eso, es clave que cada centro conozca:
La normativa autonómica vigente
Las instrucciones de inicio de curso
Los requisitos para justificar las adaptaciones aplicadas
¿Cómo ayuda Nubo a aplicar todo esto sin burocracia?
En Nubo facilitamos al docente el proceso de detectar, adaptar y justificar:
Cribado pedagógico inicial (digital y masivo)
Recogida de datos vía formulario FRINA
Lectura automatizada de informes externos
Con estos datos, la plataforma genera un perfil individual y propone medidas metodológicas acordes a la normativa vigente en cada comunidad.
Además, permite documentar todas las adaptaciones, generar informes automáticos y compartir el plan con otros profesionales sin añadir trabajo extra.





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